Lactancia materna y regreso al trabajo en Argentina. Ley de lactancia.
La ley de Contrato de Trabajo obliga a los empleadores a proporcionar dos interrupciones para la lactancia, cada uno de 30-minutos de duración, para que las nuevas madres amamanten a su hijo(s) hasta que el niño cumpla un año (12 meses) de edad. Si hay alguna necesidad médica, la madre puede amamantar al niño por más tiempo.
La ley obliga a los empleadores a proporcionar los servicios de guardería y de desarrollar su propia regulación relacionada con el número mínimo de trabajadores, límite de edad para un niño y otras condiciones requeridas incluyendo un centro de cuidado infantil en una empresa.
Fuentes: Arts. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, No. 20744, 1976