La Ley 27399 establece los criterios para definir el calendario de feriados en Argentina. La norma, sancionada en 2017, diferencia tres tipos de días de descanso: feriados inamovibles, feriados trasladables y días no laborables.
El Ministerio del Interior decidió 16 días de descanso, entre feriados inamovibles y trasladables. Aún falta oficializar los feriados puente, que son aquellos con los que se busca formar fines de semana largos.
En caso de confirmarse los tres feriados puente, el año 2024 tendría 19 feriados, misma cantidad de jornadas sin trabajo obligatorio que tuvo 2023.
Cabe aclarar que en este tipo de fechas rigen algunas normas. Según laley de Contrato de Trabajo, el descanso es obligatorio y los empleadores que convoquen a sus trabajadores a acudir a sus puestos en un feriado, ya sea inamovible, intransferible o puente, deben pagarles el doble de una jornada regular.
Feriados inamovibles
Fecha | Día | Conmemoración |
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1 de enero | Lunes | Año nuevo |
12 de febrero | Lunes | Carnaval |
13 de febrero | Martes | Carnaval |
24 de marzo | Domingo | Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
29 de marzo | Viernes | Viernes Santo |
1° de abril | Lunes (se adelanta para fines turísticos) | 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
1 de mayo | Miércoles | Día del Trabajador |
25 de mayo | Sábado | Día de la Revolución de Mayo |
21 de junio | Viernes (se pasa un día para fines turísticos) | 20 de junio, paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano |
9 de julio | Martes | Día de la Independencia |
17 de agosto | Sábado | Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín |
11 de octubre | Viernes (se adelanta para fines turísticos) | 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural |
20 de noviembre | Miércoles | Día de la Soberanía Nacional |
8 de diciembre | Domingo | Día de la Inmaculada Concepción de María |
25 de diciembre | Miércoles | Navidad |
Días no laborables
- 24 de abril - Día de la tolerancia y el respeto entre los pueblos en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
- Jueves Santo
- Para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía, dispuesto por el Art. 2 de la Ley 27.399:
- Pesaj primeros días desde el miércoles 05/04/2023 al atardecer hasta el viernes 07/04/2023 al atardecer
- Pesaj últimos días desde el martes 11/04/2023 al atardecer hasta el jueves 13/04/2023 al atardecer
- Rosh Hashaná desde el viernes 15/09/2023 al atardecer hasta el domingo 17/09/2023 al atardecer
- Iom Kipur desde el domingo 24/09/2023 al atardecer hasta el lunes 25/09/2023 al atardecer
- Para los habitantes de Argentina que profesen la Religión Islámica, dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399:
Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.
- Año Nuevo Musulmán (Hégira)
- El día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr)
- Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha)
PAGO DE DÍAS FESTIVOS
Los trabajadores tienen derecho a compensatorios pagos si trabajan durante los días festivos (públicos y religiosos). Estos días incluyen fiestas conmemorativas y fiestas religiosas (origen cristiano). Por lo general, los días festivos son 11 en el año.
Estos días festivos en Argentina se dividen en 2 categorías: feriados inamovibles (no se mueven) están cubiertos por la Ley 21.329, y feriados trasladables (se mueven en función del día de la semana se producen) están cubiertos por la ley 23.555.
Los días festivos argentinos incluyen: Año Nuevo (1 de enero); Viernes Santo (antes del Domingo de Pascua); Día del Veterano y de los Caídos en la guerra de Malvinas (2 de Abril); Día del Trabajo (1 de mayo); Aniversario de la Revolución de 1810 (25 de mayo); Día de la Bandera (20 de junio); Día de la Independencia (09 de julio); Aniversario de la muerte del General don José de San Martín (17 de agosto); Día del Respeto a la Diversidad Cultural (12 de octubre) y Navidad (25 de diciembre).
Las fiestas nacionales obligatorias que caen en martes o miércoles serán trasladadas al lunes anterior, mientras que si estos días festivos caen en jueves o viernes, se mueven al siguiente lunes.
¿Cómo se pagan los días festivos? Se pagan sólo si los trabajadores prestaron servicios al mismo empleador con al menos 48 horas ó 6 días en los últimos 10 días de trabajo procedentes de la fiesta nacional.