Monotributo social: requisitos y montos

18 ene 2024 - Se trata de un régimen simplificado destinado a trabajadores independientes que sean pequeños contribuyentes.

18/01/24- El monotributo social está destinado a reconocer la realización de actividades productivas, comerciales y de servicios reconocidas dentro de la economía social y popular. Esta herramienta de inclusión permite iniciar una actividad sin contar con un gran capital económico.

Quiénes pueden inscribirse

Únicamente pueden inscribirse: personas que realizan una única actividad económica de forma independiente, aquellos que trabajan en relación de dependencia y perciben un salario bruto inferior a una jubilación mínima y quienes formen parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociadas/os.

El monotributo social tiene un subsidio del 100% en el componente impositivo previsional y del 50% para la obra social. Es decir, que el monotributista social únicamente abona el 50% restante de lo que corresponde a la obra social.

Otra importante diferencia radica en las categorías. El monotributo común posee desde la "A" (la más baja) hasta la "H" (la más alta para servicios) y "K" (la más alta para bienes muebles). En contraparte, el social únicamente se rige por los parámetros de la categoría "A".

Requisitos para el monotributo social

El monotributo social pide exactamente los mismos requisitos que el común, aunque también se le suman otros:

  1. Tener más de 18 años.
  2. Realizar una única actividad económica.
  3. Contar con un ingreso bruto anual inferior a $1.414.762,58.
  4. Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
  5. Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
  6. No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
  7. No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
  8. Contar con ingresos que provengan sólo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales.
  9. Las cooperativas de trabajo (pueden ser antiguas empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores y trabajadoras), deben tener 6 asociados como mínimo.
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